¿Qué es una cláusula de exclusión en un seguro de hogar?

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Un seguro de hogar es un indispensable de cualquier domicilio, va a determinar factores muy importantes en caso de averías o roturas. A la hora de contratar es obligatorio valorar varios factores, uno de ellos es la cláusula de exclusión. Las cláusulas de exclusión son todas aquellas condiciones y/o circunstancias en las que tu seguro de hogar no se va hacer responsable de los daños ocasionados. 


Las cláusulas de exclusión son un elemento común en cualquier contrato del sector de los seguros. Algunos seguros cubren más situaciones o cubren menos, depende de las condiciones particulares del seguro. En Seguros Atocha buscamos la forma de maximizar tu protección manteniendo siempre un precio razonable. 

PRINCIPALES EXCLUSIONES DEL SEGURO DE HOGAR

Las pólizas del seguro del hogar tienen ciertas exclusiones que los tomadores no suelen tener en cuenta o pasan por alto en el momento de la firma del contrato. Esto provoca que, a la hora de dar parte del siniestro al seguro, se lleven a cabo reclamaciones que la compañía aseguradora no se hace responsable. 

Los seguros identifican varios tipos de daños materiales, los más comunes son los daños por incendio, humo, electricidad, agua, actos vandálicos, robos o hurtos, entre otros. La póliza de Hogar Plus de Seguros Atocha, cubre el 100% de los daños ocasionados por agua, siempre y cuando, tengas asegurado el continente y contenido del hogar, siempre y cuando no entren en nuestras categorías de exclusión. A continuación mencionamos las más importantes de nuestro seguro de hogar.

En el caso de incendios, las cláusulas excluyentes se aplican cuando los daños son  causados por la sola acción del calor, por contacto directo o indirecto con aparatos de calefacción o los daños causados por explosión de los aparatos o sustancias en depósito habitualmente empleados en los servicios domésticos o de calefacción en la vivienda descrita.

Los daños eléctricos no son amparados cuando la antigüedad del dispositivo dañado supera los siete años. Tampoco cubre la avería de los dispositivos que poseen garantía del fabricante o que tienen un contrato de mantenimiento que cubra esa misma avería. Además, no cubre los daños causados por una instalación que no cumpla la normativa legal.

Los daños causados por agua dependen del estado y del terreno, las exclusiones más comunes suelen ser la falta de mantenimiento, la oxidación de las instalaciones de conducciones de agua. También se contemplan las canalizaciones subterráneas, fosas sépticas, cloacas o alcantarillas, humedad y condensación, el deslizamiento o reblandecimiento del terreno. Si quieres saber más sobre este tipo de daños y cómo afecta a tu seguro, consulta nuestro artículo sobre daños por agua.

Los daños causados por humo suelen ser más difíciles de identificar, sus exclusiones abarcan dependiendo del origen del humo y la exposición de los objetos. No se cubren los daños producidos a los bienes asegurados por la acción continua del humo ni los daños producidos por el humo generado en locales o instalaciones distintas a la vivienda

En el caso de robos y hurtos las cláusulas son diferentes, aunque algunas pueden coincidir. Por ejemplo, los robos y los hurtos que no sean denunciados ante la Guardia Civil, los actos en los que estén relacionados el Asegurado, el Tomador o personas que dependan de ellos, los animales y los objetos exteriores están excluidos. 

En el caso de los robos no quedarían cubiertos si los robos cometidos cuando los bienes asegurados no estén guardados y protegidos con las medidas de seguridad declaradas por el tomador de la póliza, los daños provocados por negligencia grave del tomador del seguro, del asegurado o relacionados y el robo de los objetos situados en terrazas, azoteas, jardines, patios, garajes, cuartos trasteros y similares, ni el robo de animales de todas las clases. 

Los daños por actos vandálicos tienen cláusulas de exclusión bastante parecidas. No se cubren los daños producidos en árboles, plantas, jardines o piscinas, las pérdidas por hurto o apropiación indebida de los objetos asegurados, los daños o gastos de cualquier naturaleza ocasionados a los bienes asegurados como consecuencia de pintadas, inscripciones, pegado de carteles y hechos análogos ni los daños ocasionados por los ocupantes de la vivienda.

En uno de nuestros artículos hablamos sobre la importancia de la responsabilidad civil. A la hora de contratar un seguro del hogar es necesario tener en cuenta las cláusulas de esta póliza. Nuestros seguros no cubren los actos de mala fe, desafíos, riñas y apuestas, la inobservancia o incumplimiento de disposiciones oficiales, cualquier tipo de reclamación derivada del mantenimiento de la vivienda, los daños causados por trabajos de demolición, excavación o construcción, los juicios de desahucio por falta de pago ni los conflictos con la comunidad de propietarios derivados de impago de cuotas. 

En Seguros Atocha, nos esforzamos por ofrecer una transparencia total sobre las cláusulas del contrato en nuestras pólizas. Creemos firmemente que proporcionar información detallada sobre las limitaciones de cobertura permite a nuestros clientes tomar decisiones informadas y conscientes acerca de su seguridad financiera. 

Estamos comprometidos no solo en brindar protección, sino también en asesorar a nuestros asegurados con el conocimiento necesario para entender completamente las condiciones de su póliza.

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