Riesgos extraordinarios en el hogar: cómo actúa el Consorcio de Compensación de Seguros

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Inundaciones, terremotos, incendios… Son riesgos excepcionales que, aunque menos frecuentes, tienen consecuencias graves para muchas personas. En estos escenarios, el tiempo de respuesta y el tipo de cobertura marcan la diferencia. Pero no siempre es evidente quién debe hacerse cargo: ¿la aseguradora? ¿Una entidad externa?

Una de las claves está en conocer el papel que juega el Consorcio de Compensación de Seguros en este tipo de situaciones, especialmente cuando el riesgo va más allá de lo contemplado en la póliza.  En esos casos, las pérdidas materiales pueden ser considerables y obligan a las familias a buscar soluciones rápidas y eficaces para hacer frente a los daños.

En este artículo analizaremos qué ocurre cuando el riesgo supera lo previsto en una póliza, cómo se gestionan las indemnizaciones en estos casos y por qué es importante contar con un seguro de hogar actualizado.

¿QUÉ ES EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS?

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública adscrita al Ministerio de Economía, que actúa como un instrumento al servicio del sector asegurador y de la sociedad. Su función principal es ofrecer cobertura en aquellos casos en los que las aseguradoras privadas no pueden asumir ciertos riesgos, especialmente cuando se trata de riesgos extraordinarios.

Aunque a menudo se le asocia con catástrofes naturales, su ámbito de actuación es más amplio. El Consorcio también interviene en siniestros provocados por hechos de carácter político o social, como actos terroristas.

A diferencia de una entidad aseguradora convencional, el Consorcio no compite en el mercado ni vende pólizas. Su papel es complementario: actúa solo cuando es necesario, garantizando la protección de las personas y bienes asegurados frente a daños que, de otro modo, quedarían fuera de cobertura.

Este sistema permite reforzar la estabilidad del sector asegurador en momentos de crisis y asegura que los ciudadanos puedan recibir una indemnización incluso en circunstancias muy excepcionales.

¿QUÉ TIPO DE RIESGOS CUBRE EL CONSORCIO?

Como hemos comentado, el Consorcio interviene cuando se producen lo que se denominan riesgos extraordinarios, es decir, sucesos de gran impacto que no suelen estar cubiertos por las pólizas estándar, pero que afectan gravemente a las personas, viviendas, vehículos o negocios.

Entre estos riesgos se encuentran: 

  • Fenómenos naturales como terremotos, inundaciones, erupciones volcánicas, tornados, tempestades ciclónicas atípicas o caídas de cuerpos siderales.
  • Hechos derivados de la acción humana como ataques terroristas, rebeliones, tumultos populares o la intervención de las Fuerzas Armadas en tiempos de paz.

En los últimos años hemos visto varios ejemplos de intervención del Consorcio en España que nos pueden ayudar a ver de forma más clara cómo actúa. 

Uno de ellos fue la erupción volcánica en la Palma, que obligó a evacuar a miles de personas y destruyó cientos de viviendas. Otro, más actual, las inundaciones provocadas por la DANA en la Comunidad Valenciana, Murcia y otras zonas del sur peninsular.

¿CUÁNDO ACTÚA EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS?

La actuación del Consorcio está reservada para situaciones muy concretas que cumplen una serie de condiciones. Es importante conocerlas, ya que no basta con haber sufrido un daño para acceder directamente a una indemnización por su parte.

Para que asuma el coste de un siniestro, deben darse tres requisitos clave:

  • El riesgo debe ser extraordinario. Esto significa que el origen del daño tiene que estar incluido dentro del catálogo de fenómenos cubiertos por el Consorcio. 
  • El seguro debe estar en vigor en el momento del siniestro. En caso de ser un siniestro que afecte a la vivienda, esta debe contar con una póliza válida y activa. Lo mismo ocurriría si se tratase de un siniestro que afecte, por ejemplo, al coche. No importa con qué entidad aseguradora se haya contratado, pero sí que el seguro esté al corriente de pagos. Si la póliza está cancelada o impagada, no será posible acceder a la indemnización.
  • La póliza debe incluir el recargo obligatorio a favor del Consorcio. Este recargo está incorporado de forma automática en la mayoría de los seguros obligatorios, como hogar, automóvil o comercio, y es lo que permite que el asegurado tenga derecho a la intervención del Consorcio si se da uno de los supuestos anteriores. Sin ese recargo, no se abrirá expediente ni se podrá presentar solicitud.

¿CÓMO ACTÚA EL CONSORCIO EN EL SEGURO DE HOGAR?

Una de las situaciones más habituales en las que entra en juego el Consorcio de Compensación de Seguros es cuando un siniestro extraordinario afecta a una vivienda. En estos casos, si se cumplen los requisitos que hemos visto anteriormente, el Consorcio puede hacerse cargo de la indemnización correspondiente.

Esto incluye tanto los daños materiales (por ejemplo, desperfectos en la estructura de la vivienda, el mobiliario o los electrodomésticos) como los daños personales, en caso de que el siniestro provoque lesiones, fallecimientos o una incapacidad. La cobertura dependerá del alcance del suceso y de lo declarado en la solicitud presentada.

Es importante recordar que el Consorcio no sustituye a la entidad aseguradora, sino que interviene únicamente cuando el origen del daño está fuera del ámbito de cobertura habitual de la póliza. Por ejemplo, si una casa resulta gravemente afectada por una inundación derivada de una tempestad ciclónica atípica, será el Consorcio quien asuma el expediente. Pero si los daños se deben a una fuga de agua por mal estado de una tubería, deberá gestionarlos la compañía aseguradora.

Además, el Consorcio también puede actuar en situaciones en las que, por la magnitud del suceso, es necesario garantizar una respuesta rápida y homogénea. Su papel como entidad pública permite canalizar las indemnizaciones de forma centralizada y ofrecer un apoyo adicional a las personas aseguradas y a las entidades aseguradoras.

Por todo ello, contar con un seguro de hogar completo como Hogar Plus, con el recargo al día, es clave para acceder a esta cobertura de riesgos en caso de necesidad. 

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