Aceptación de herencia, ¿qué es?

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Todas las familias, en algún momento, se enfrentan al reparto de una herencia. Aunque es un tema que preferimos evitar, el fallecimiento de una familiar es algo natural e inevitable.

Cuando esto sucede, son múltiples los trámites que se deben realizar tras la defunción. Entre ellos, los herederos deben abordar lo que se denomina legalmente aceptación de la herencia.

En este artículo vamos a explicar detalladamente en qué consiste la aceptación de la herencia y qué tipos hay, ya que todo lo que engloba el derecho de sucesión es bastante desconocido.

Si bien es cierto que todos sabemos lo que es una herencia, no todos conocemos lo que hay que hacer para recibirla, las obligaciones que supone, que también existe la posibilidad de rechazarla o que puede suponer más pérdidas que ganancias.

Por eso mismo, desde Seguros Atocha queremos compartir la información que consideramos esencial conocer acerca de todo esto. Sigue leyendo para resolver tus dudas y descubrir datos que desconoces.

QUÉ ES LA HERENCIA YACENTE

Cuando una persona fallece, nos referimos a herencia yacente a la fase del proceso de sucesión en la que la herencia se mantiene intacta hasta que los herederos toman la decisión de aceptarla o, bien, de renunciar a ella. 

Es decir, es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones (o deudas) que tenía el fallecido hasta el momento de la defunción, y que, mediante testamento o no, se repartirán entre los herederos legales en caso de que la acepten.

¿Se puede rechazar una herencia?

Recibir una herencia no siempre es positivo. Además de los bienes, el dinero y las propiedades, cuando se acepta una herencia también se aceptan las cargas y deudas que están sujetas a ese patrimonio.

Por esto mismo, muchas personas deciden repudiar una herencia cuando son conscientes de que las cargas son mayores que los beneficios que pueden recibir. 

En relación a esto se debe tener en cuenta que esta decisión es irrevocable, igual que la de aceptar, por lo que se debe pensar muy bien antes de tomarla. En caso de estar seguro de ella, bastará con comparecer en notaría y renunciar a la herencia en su totalidad. 

CÓMO PODEMOS ACEPTAR UNA HERENCIA

La aceptación de la herencia es el acto mediante el cual un heredero decide aceptar los bienes, derechos y obligaciones que le corresponden tras el fallecimiento del causante.

Se trata de un acto individual y voluntario, por lo que no se precisa de la intervención del resto de herederos, si los hubiera. Una vez que los herederos que quieran aceptar la herencia hayan manifestado su voluntad de hacerlo, se pasará a la partición de la herencia. Es decir, se llevará a cabo el reparto de los bienes.

Plazos para aceptar una herencia

No existe un plazo determinado para aceptar o rechazar una herencia, aunque no es recomendable demorarse mucho en la decisión para evitar complicaciones futuras. 

Sin embargo, todo aquel que esté interesado en la herencia (herederos que vayan a aceptar su parte, acreedores,…) pueden solicitar a un juez que determine un plazo para que los herederos acepten o renuncien a la herencia. En este caso, el plazo suele ser de 30 días.

TIPOS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA

Como hemos mencionado, a parte de recibir propiedades, dinero y pertenencias personales, también se asumen las deudas que el fallecido tenga pendientes de pagar. 

Por esta razón, y con el fin de proteger el patrimonio actual del heredero, existen dos tipos de aceptación principales:

Aceptación de herencia pura y simple

Se acepta la herencia de forma ilimitada, por lo que se responde a las deudas de la misma tanto con los bienes de la herencia como con los propios. Aunque sea la opción más arriesgada, sobre todo cuando no se conoce la situación financiera del causante, es la más habitual. 

Este tipo de aceptación puede ser, a su vez, expresa o táctica. Según el artículo 999 del Código Civil, será expresa cuando se haga por escrito mediante un documento público o privado. Para eso, la aceptación se hace ante notario, autoridad judicial o autoridad gubernativa.

En cambio, será tácita, cuando el heredero lleve a cabo algún acto que solo puede hacer por su condición como tal, lo cual da a entender que acepta la herencia aunque no haya realizado ningún trámite de manera escrita. 

Aceptación de una herencia a beneficio de inventario

En este caso, se acepta la herencia pero se responde a las deudas de esta exclusivamente con los bienes de la misma. Es decir, el heredero mantiene su patrimonio personal intacto, ya que no responderá con él a las cargas derivadas de la herencia.

Esto es lo más recomendable cuando no se sabe a ciencia cierta si existen cargas ligadas a la herencia. 

¿ES OBLIGATORIA LA ESCRITURA DE ACEPTACIÓN DE LA HERENCIA?

La escritura de aceptación de la herencia es el documento público y escrito que se realiza ante notario para aceptar y adjudicar el legado de un fallecido. A modo de introducción indica quién es la persona fallecida y si ha dejado o no testamento escrito. 

En este documento también aparecen enumerados los bienes y deudas que deja el fallecido, los herederos que aceptan la herencia y, por último, el reparto de estos bienes entre los herederos. 

En pocas palabras, si el fallecido dejó testamento y señaló en él cómo quería que se hiciese el reparto, aquellos herederos que quieran aceptar la herencia simplemente tendrán que firmar esta escritura redactada por un notario. De esta forma se convertirán directamente en propietarios legítimos de aquella parte de bienes y obligaciones que les corresponda.

Ahora bien, como se ha mencionado en uno de los enunciados anteriores, esto no es obligatorio. Aunque el objetivo de la escritura es claro y útil: hacer patente la voluntad de los herederos así como sus derechos; también puede hacerse mediante un documento privado para agilizar el trámite.

Aunque no sea obligatoria, la escritura es recomendable siempre a efectos legales, sobre todo cuando se trata de herencias cuantiosas o cuando existen numerosos herederos. Del mismo modo, cuando existen herederos menores de edad o incapacitados legalmente también es muy aconsejable.

Precio y plazos de la escritura de aceptación de herencia

Tanto el plazo como el precio de la aceptación de herencia ante notario varían según distintos factores.

En primer lugar, el plazo de la aceptación depende de si la persona fallecida dejó testamento válido o no. Cuando existe testamento es mucho más rápido el proceso por lo que en unos dos meses puede estar todo hecho. Por el contrario, si no existe testamento se debe realizar antes un Acta de Declaración de Herederos también ante notario y, posteriormente, acordar entre las partes cómo se hará el reparto.

En segundo lugar, en cuanto al precio, este puede cambiar en función del valor de la herencia, del número de herederos y del número de folios a redactar por el notario.

En Seguros Atocha somos conscientes de que estos procedimientos legales pueden ser un quebradero de cabeza, y que en los momentos tan difíciles en los que deben hacerse no viene mal tener un poco de ayuda para hacer todo más llevadero.

Por eso, nuestro equipo de profesionales proporciona orientación legal para todo lo relacionado con la sucesión de manera totalmente gratuita. Este servicio es totalmente personalizado para cada familia, con el objetivo de liberar de más preocupaciones a los allegados del asegurado fallecido.

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