Incapacidad permanente y el seguro de decesos

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Cuando hablamos de incapacidad permanente nos referimos a aquella producida por un accidente o por una enfermedad, por la cual una persona ve reducida su capacidad para trabajar.

Esta incapacidad deriva de una invalidez, que puede ser diagnosticada como total o parcial, y que es certificada por un médico tras evaluar el estado de salud y las capacidades del paciente que la padece.

Debido a que es una situación por la que puede pasar cualquier persona, a la hora de contratar un seguro puede surgir la preocupación de si, en caso de recibir este diagnóstico en algún momento, estaremos cubiertos por nuestra póliza.

En este artículo te contamos qué es la incapacidad permanente más detalladamente, los grados que existen, las ayudas o pensiones que puedes recibir si la sufres y todo lo relacionado con el seguro de decesos y sus coberturas relacionadas con la invalidez total o parcial.

¿QUÉ ES LA INCAPACIDAD PERMANENTE?

Como se ha comentado en la introducción, la incapacidad permanente es causada por una enfermedad o un accidente y limita la capacidad de una persona para realizar su trabajo.

Por esto mismo, las personas que ven reducida su capacidad para trabajar pueden optar a una prestación económica, cuya solicitud se hace directamente en la Seguridad Social.

Requisitos para solicitar la pensión de incapacidad permanente

A la hora de solicitar la prestación por invalidez permanente se debe tener en cuenta que dependiendo del grado de incapacidad, es decir, dependiendo del tipo de incapacidad permanente que el trabajador tenga, habrá que cumplir con unos requisitos u otros.

Aún así, por norma general, el trabajador deberá tener entre 18 y 65 años y haber estado dado de alta o en situación similar antes de solicitar la incapacidad. Si la causa de la invalidez ha sido un accidente laboral, se dará por hecho que el trabajador estaba dado de alta aunque el empresario no haya cumplido con sus obligaciones.

TIPOS DE INCAPACIDAD PERMANENTE

Existen distintos tipos de incapacidad, pues en muchos casos la invalidez de una parte del cuerpo no supone una limitación a la hora de realizar las actividades y funciones básicas de un puesto de trabajo determinado.

Por ejemplo, una enfermedad que afecta a las extremidades inferiores no tiene porqué limitar las funciones de alguien que trabaja en una oficina frente a un ordenador. 

Por esto mismo, para solicitar la incapacidad se debe presentar una serie de partes médicos que certifiquen el grado de invalidez que el paciente padece, para determinar qué tipo de incapacidad tiene y, a partir de ahí, brindarle la prestación que le corresponda.

Enfermedades que suponen incapacidad permanente

Aunque no existe un listado oficial en el que aparezcan todas las enfermedades por las que se puede solicitar la incapacidad permanente, algunas de ellas son:

  • Alzheimer
  • Artrosis
  • Cáncer
  • Depresión
  • Esquizofrenia
  • Fibromialgia
  • Lumbalgia
  • Parkinson
  • Trastorno bipolar
  • Trastorno de ansiedad

Grado de incapacidad permanente

Existen cuatro grados de incapacidad permanente, dependiendo del nivel de limitación que suponga la invalidez en cuestión en la capacidad de realizar su trabajo a una persona.

  1. Incapacidad permanente parcial. Ocasiona una disminución en el rendimiento normal de la profesión habitual, sin impedir la ejecución de las tareas principales de esta.
  2. Incapacidad permanente total para la profesión habitual. Es decir el trabajador no puede realizar todas o gran parte de las tareas fundamentales de su puesto, aunque sí puede dedicarse a otra profesión.
  3. Incapacidad permanente absoluta. En este caso, el trabajador no puede realizar ningún trabajo sea de su profesión o de otra.
  4. Gran invalidez. Es el caso más extremo, no solo no puede realizar su profesión o una distinta, sino que necesita la asistencia de otra persona para realizar las tareas básicas del día a día como comer o desplazarse.

La profesión habitual se considerará aquella a la que se dedicaba el trabajador cuando sufrió el accidente o, en caso de enfermedad, la que haya tenido durante el año anterior a la fecha en la que se hubiera iniciado la incapacidad temporal.

SEGURO DE DECESOS Y LA INCAPACIDAD PERMANENTE

En nuestra Prima Natural y Prima Nivelada puedes contratar como garantía opcional la denominada Cobertura de Accidentes Individuales, por la cual el asegurado recibirá una indemnización en caso de sufrir un accidente corporal, tanto en el ejercicio de su profesión como en su vida personal, y que produzca invalidez permanente absoluta o parcial, o muerte como consecuencia de este en el plazo de un año.

Y, aunque lo deseable es no tener la necesidad de utilizar esta cobertura, en el caso de Seguros Atocha, esta garantía no tiene periodo de carencia, por lo que se puede hacer uso de ella desde el primer momento en el que se contrata.

Si quieres conocer más sobre esta cobertura solo tienes que ponerte en contacto con nosotros. ¡Te contaremos todos los detalles sobre ella! Si tienes alguna pregunta sobre lo que se ha comentado en este artículo, también puedes dejar un comentario abajo y lo contestaremos lo antes posible. 

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