¿Están cubiertos los desastres naturales en el seguro de hogar?

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Nuestra casa es mucho más que un simple techo bajo el que vivimos, es nuestro refugio y un lugar donde creamos recuerdos con nuestros seres queridos. Sin embargo, desafortunadamente, el mundo natural puede ser impredecible y a veces implacable, poniendo en riesgo nuestro hogar. 

Es por eso que protegerlo ante posibles desastres naturales como terremotos o erupciones volcánicas se convierte en una prioridad indiscutible. Para ello, la solución que se nos puede ocurrir es la contratación de coberturas de catástrofes naturales en el seguro. Pero lo cierto es que, no son los seguros de hogar los que se hacen cargo de cubrir este tipo de siniestros.

En este artículo de Seguros Atocha te contamos cuáles son los desastres naturales más habituales en España, quién se hace cargo de los gastos y daños ocasionados por estos y cómo podemos reclamarlos.

LOS DESASTRES NATURALES MÁS FRECUENTES EN ESPAÑA 

España es un país con gran diversidad geográfica y climática, por lo que está expuesto a diversos desastres naturales que pueden poner a prueba la resistencia de nuestros hogares. 

Es fundamental conocer los posibles peligros a los que nos enfrentamos para estar preparados y proteger de la manera más eficaz nuestra casa. Por eso, a continuación vamos a hablar brevemente de las catástrofes naturales más habituales en nuestro país. 

– Inundaciones y riadas. Son uno de los desastres más frecuentes en España, especialmente durante las temporadas de lluvias intensas o causadas por el desbordamiento de ríos y embalses. 

Incendios forestales. Representan una grave amenaza para nuestro entorno y para las poblaciones cercanas a áreas boscosas. Especialmente en verano, las altas temperaturas y la sequedad crean las condiciones propicias para que estos desastres se propaguen rápidamente.

Terremotos. Aunque no son tan comunes como los otros, existen diversas regiones en España en las que estos eventos sísmicos pueden darse con mayor probabilidad. Concretamente, la Cordillera Bética es una de estas zonas, por su proximidad al límite entre placas tectónicas.  

¿QUIÉN CUBRE LOS DAÑOS POR DESASTRES NATURALES?

Si bien es cierto que las pólizas de hogar ofrecen gran cantidad de coberturas, incluso relacionadas con los desastres naturales como los incendios, es el Consorcio de Compensación de Seguros quien se responsabiliza de los daños causados por las grandes catástrofes naturales.

Se trata de un organismo público al servicio del sector de los seguros, cuya función principal es actuar en situaciones extraordinarias, como erupciones volcánicas, las cuales no están cubiertas por las pólizas de hogar de las compañías de seguros. 

Es el Consorcio el que se encarga de indemnizar a los afectados cuando ocurre uno de estos acontecimientos, pero para ello es imprescindible que cuenten con una póliza de hogar en la cual se incluya un recargo a favor del Consorcio.

Acontecimientos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros

Como hemos dicho, el Consorcio se encarga de cubrir únicamente daños ocasionados por situaciones extraordinarias. Ya sea por fenómenos de la propia naturaleza o por acontecimientos derivados de hechos producidos por una incidencia política y/o social. Estas situaciones son:

  • Fenómenos de la naturaleza. Aquí se incluyen, entre otros, las inundaciones extraordinarias, la caída de cuerpos siderales, las tempestades ciclónicas atípicas, los tornados y vientos que alcancen más de 120 km/h.

Estos fenómenos se certifican mediante informes expedidos por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), el Instituto Geográfico Nacional y demás organismos públicos competentes en este ámbito.

  • Las situaciones ocasionadas violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín o tumulto popular. 
  • Los hechos producidos en tiempos de paz llevados a cabo por las Fuerzas Armadas o por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Cabe destacar que la mayoría de las veces que el Consorcio ha tenido que actuar ha sido por la primera situación, ya que los otros dos puntos son poco comunes en nuestro país.

Extensión de la cobertura

La cobertura de riesgos extraordinarios por parte del Consorcio incluirá los mismos bienes y la misma cuantía asegurada que aparezcan en la póliza a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios.

CÓMO PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN AL CONSORCIO

Si has tenido la mala suerte de vivir una de las situaciones cubiertas por el Consorcio de Compensación de Seguros, y cumples con los requisitos necesarios para que éste se haga cargo de cubrir los daños producidos, puedes solicitar dicha indemnización al propio Consorcio o, hacerlo a través de la compañía aseguradora con la que tienes contratada tu póliza de hogar.

Esta indemnización, que puede ser por daños materiales o por daños personales, se puede realizar a través de una llamada telefónica al número 900 222 665 de lunes a viernes. Para ello tendrás que tener preparada toda la documentación e información necesaria para realizar la solicitud (código internacional de la cuenta bancaria, número de póliza, datos del asegurado afectado,…)

También puedes realizar esta solicitud vía online, a través de la propia web del Consorcio. Al igual que en el caso anterior, deberás tener preparada toda la documentación e información que se te vaya a pedir al rellenar la solicitud.

Una vez realizada la solicitud, el Consorcio valorará los daños que resulten indemnizables según la legislación y, en caso de abonar una indemnización, lo hará directamente mediante transferencia bancaria al beneficiario de la póliza.

¿A quién reclamo si no tengo un seguro contratado?

Si no cumples con los requisitos necesarios para que el Consorcio de Compensación se haga cargo de cubrir los daños causados por desastres naturales, puedes percibir algunas ayudas de las administraciones públicas.

Para recibir estas ayudas también han de cumplirse algunos requisitos, el más importante es que una entidad pública considere el lugar donde se ha producido el siniestro como zona catastrófica.

EL SEGURO DE HOGAR FRENTE LOS DESASTRES NATURALES

Como hemos dicho antes, el Consorcio se encarga de cubrir los daños producidos por las grandes catástrofes, pero para daños menores producidos también por fenómenos de la naturaleza, las aseguradoras ofrecen coberturas en sus pólizas de hogar.

Por ejemplo, en nuestro seguro Hogar XXI están cubiertos:

  • Daños materiales causados por la acción directa del fuego en caso de incendio.
  • Caída de árboles (por viento, por ejemplo).
  • Daños producidos por caída de pedrisco o nieve, sea cual sea su intensidad.
  • Destrucción o deterioro de los bienes asegurados por lluvia cuando la precipitación supere los 40 litros por metro cuadrado y hora.
  • Destrucción o deterioro de los bienes asegurados por viento cuando se superen velocidades de 96 kilómetros por hora.
  • Caída de rayos incluso cuando no vaya seguida de un incendio.

Sin duda, contar con un seguro de hogar es beneficioso por muchos motivos, pero en lo que respecta a todos estos desastres naturales, los cuales cada vez son más frecuentes y agresivos por culpa del cambio climático, se puede considerar una de las formas de protegernos más útiles.

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